El Sol de Cleveland

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Cada día, más y más personas se están convirtiendo en elegible para la residencia permanente o estado de “Green Card” en...
05/31/2016

Cada día, más y más personas se están convirtiendo en elegible para la residencia permanente o estado de “Green Card” en los Estados Unidos sobre la base de peticiones de miembros de la familia.Desafortunadamente, para muchos, sin saber acerca del “Castigo Permanente” y otros motivos de inestabisibilidad pueden pasar años fuera de los Estados Unidos separada de la familia en vez de recibiendo sus “Green Cards.”

Es útil entender primero las diferentes categorías de visas basadas en la familia . Cada mes, el Departamento del Estado emite un ” Boletín de visas ” , que enumera los marcos de tiempo que algunos beneficiarios de las solicitudes de tarjetas verdes patrocinada por la familia deben esperar. De acuerdo con el último boletín, cónyuges e hijos menores de los quien ya tienen sus tarjetas verdes están esperando el menor lapso de tiempo para que sus solicitudes se convierten en corriente, mientras que los niños y los hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses adultos están esperando por más tiempo. Algunas de las categorías de visas pueden tener tiempos de espera de varios años, o incluso décadas.

En contraste con las categorías de preferencia del boletín de visas , hay ciertas personas que son consideradas por la inmigración para ser “parientes inmediatos” , lo que significa es que hay una visa de inmigrante inmediatamente disponible o tarjeta verde a su disposición. Miembros de la familia que son considerados parientes inmediatos incluyen: 1) los cónyuges e hijos menores de ciudadanos estadounidenses , y 2 ) los padres de los niños que son ciudadanos de Estados Unidos que están veintiún años o más . Para estos parientes inmediatos , no hay período de espera y pueden solicitar su estado de la tarjeta verde inmediatamente. Si se aprueba la tarjeta verde , sin embargo , depende de varios factores .



Uno de los principales factores que afectan la capacidad de los solicitantes para recibir la tarjeta verde tiene que ver con si o no el solicitante tarjeta verde entró en los Estados Unidos jurídicamente si es así, que se pueden aplicar a ” ajustar su estatus ” a la de un residente permanente sin tener que salir del país . Si el beneficiario no entró en los Estados Unidos de manera legal , sin embargo , no son capaces de ajustar su estatus y tienen que salir de los Estados Unidos con el fin de obtener una entrada legal con una visa.

Salir de los Estados Unidos, sin embargo , puede ser muy arriesgado para algunas personas , especialmente aquellos que han estado en los EE.UU. durante más de un año sin autorización. Los solicitantes de la tarjeta verde están sujetos a la “barra ilícita presencia ” , lo que significa que van a ser excluidos de recibir una visa por 10 años si salen de la suerte de Estados Unidos. Lo bueno es que ahora hay una excepción para esta ” barra de presencia ilegal ” que ahora pueden ser archivada y adjudicada antes de salir del país con el fin de obtener la visa de inmigrante .

Un problema mucho más grande para los solicitantes de la tarjeta verde proviene de la temida “barra permanente. ” Solicitantes de la tarjeta verde que han entrado en los EE.UU. ilegalmente después de una deportación previa, o han entrado en los EE.UU. ilegalmente después de haber estado previamente en los EE.UU. ilegalmente durante un año o más , están sujetos a una prohibición permanente , para el que no hay exención disponible hasta que el solicitante ha permanecido fuera del país durante al menos 10 años . Esta barra permanente es un castigo muy grave y dura impuesta a algunos de los que tienen una historia previa de una entrada ilegal. Se advierte a los solicitantes para asegurarse de que no van a ser objeto de la permanente o cualquier otros prohibiciones de la admisión antes de salir del país , ya que les puede resultar muy difícil regresar.

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Abogada Kim Alabasi Articulo en el Solaramos281@yahoo.com March 12, 2016 Abogada Kim Alabasi Articulo en el Sol2016-05-3...
05/31/2016

Abogada Kim Alabasi Articulo en el [email protected] March 12, 2016 Abogada Kim Alabasi Articulo en el Sol2016-05-31T20:07:27+00:00 All Local News No Comment
KimCleveland, OH- La Abogada Kim Alabasi ha practicado en el ámbito de la inmigración desde el año 2004. En particular, la abogada Alabasi habla español con fluidez. Obtuvo su licenciatura en español / Sociología de la Universidad de Marquette y más tarde pasó a trabajar en México, primero como profesor en Puebla, México por dos años, seguido de un trabajo con la IMIFAP grupo sin fines de lucro en la Ciudad de México, México.

La Sra Alabasi trabajó durante 7 años como trabajadora social clínica bilingüe con la Unidad Hispana del Centro de Familias y niños en Cleveland antes de obtener su título de abogado en 2003 y comenzando Alabasi & Associates en 2006. La Sra Alabasi ha sido seleccionada por el Consulado General de México en Detroit, Michigan para servir en el Programa del Gobierno de México de Asistencia Legal a los mexicanos. Además, la Sra Alabasi ha realizado presentaciones dentro de la comunidad y asistido a varios residentes del Condado de Lake en la aplicación de la nueva acción diferida para la Infancia llegada, lo que ayuda a los inmigrantes jóvenes. La Sra Alabasi es miembro de la Asociación Americana de Abogados de Inmigración y actualmente es miembro de la comisión de Enlace de Inmigración y Aduanas. Ella trabaja con Dworken & Bernstein en una Ella trabaja con Dworken & Bernstein en una Of Counsel capacidad para ayudar a la creciente comunidad hispana del condado de Lake con la gama completa de servicios de inmigración que requieren. Ella ha dedicado todo su empeño a ayudar a que los inmigrantes puedan tener toda la información necesaria para poder mejorar su situación legal. Sabiendo esto le preguntamos sobre como poder descifrar el asunto del DAPA y el DACA.
El Sol: Que Esta Pasando con DACA y DAPA??
Alabasi: Recientemente recimos nuevas noticias del mundo de inmigración, específicamente, con respecto a los programas de DACA y DAPA. El presidente Obama ordeno algunos cambios de DACA y el comienzo del programa DAPA en noviembre del 2014, pero nada ha pasado porque varios gobernadores comenzaron un proceso en la corte para cancelar estas órdenes. Lo bueno es que la corte suprema acabo de anunciar que este abril, los miembros de la corte van a escuchar argumentos del caso que puede decidir el futuro de millones de gente presente en los estados unidos sin documentos. El caso se llama “United States v. Texas”, y después de oír el caso, los jueces de la corte van a publicar su decisión en junio.
El Sol: Hablanos un poco sobre el DACA
Alabasi: Ya hemos tenido la DACA desde 2012. DACA, o “Acción Diferida para los Llegados en la Infancia ” fue ordenada del presidente Obama en el 2012 para las personas presente en los estados unidos quien: 1) habían nacido después del 15 de junio de 1981; 2) entraron a los estados unidos antes de cumplirlos16 anos de edad; 3) han residido continuamente en los estados unidos por lo menos desde el 15 de junio de 2007; 4) tienen o están en el proceso de estudiar para su diploma u otro tipo de estudio; y 5) no tienen un record criminal. La DACA de 2012 todavía es la ley. Cualquier persona quien cumple los 15 años en adelante puede aplicar para la DACA.
Los cambios que pueden acontecer en junio debido a la decisión en “United States v. Texas” pueden aumentar el número de personas quienes quilifican para la DACA porque las órdenes del presidente elimina el requisito de haber nacido a partir del 15 de junio de 1981, y cambia la fecha de residencia para empezar el 1 de enero de 2010 en vez del 15 de junio de 2007.
El Sol: ¿Y que del DAPA?
Alabasi: Además de los buenos cambios a el programa DACA, una decisión favorable de “United States v. Texas” puede ofrecer a millones de personas sin documentos presente en los estados unidos, una manera de evitar la deportación y recibir el derecho de seguir viviendo en los estados unidos legalmente. El nuevo programa será llamado DAPA, o “Acción Diferida para Padres de Ciudadanos Estadounidenses y de Residentes Permanentes Legales.” DAPA será para personas quienes: 1) han residido continuamente en los estados unidos sin documentación desde el primero de enero de 2010; 2) al 20 de noviembre de 2014 tengan hijos ciudadanos Estadounidense o residente permanente; y 3) no tienen record criminal.
Aunque la DAPA y los cambios de DACA todavía no se han realizado, todos estamos esperando a ver como será la ley en junio cuando la corte suprema anunciara su decisión en el caso de “United States v. Texas.” Es posible que por fin, vayamos a tener un proceso para ayudar millones de personas para quedarse aquí en los estados unidos legalmente. ¡Manténgase sintonizado.!

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